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El Principio de Precaución en la Responsabilidad Social Empresarial | Terraética

La Responsabilidad Social Empresarial nace para contrarrestar las prácticas impunes de las corporaciones y empresas que causaron cientos desastres ambientales y sociales a lo largo del mundo. Es decir, nace para evitar que se sigan realizando prácticas nocivas en las que se han perdidos fondos de pensiones, se han contaminado lagos y se ha acabado con especies animales.

 

La responsabilidad social obligaría a la empresa o entidad causante del problema a rendir cuentas por lo que ha ocasionado, primero ante la ley, pero además ante la opinión pública y ante el consumidor, que será al final del día su mayor juez.

 

Por el gran peso que tiene hoy día la opinión pública, con el paso del tiempo y la consolidación de los modelos basados en la sustentabilidad, la RS ha ido retomando la idea de una responsabilidad basada en procesos de confianza y prudencia en vez de una responsabilidad basada en la legislación, siendo la prudencia en las prácticas empresariales la guía que hace que la entidad no lleve a cabo acciones riesgosas cuyas consecuencias serían de un enorme perjuicio. Obviamente existen todavía muchas empresas y entidades de gobierno que no atienden a este principio, pero precisamente ellas son las que hoy están perdiendo su ventaja competitiva.

 

El principio de la prudencia, es decir, el actuar de manera que las acciones no pongan en riesgo el actuar de la empresa, entidad y los agentes que son afectados por dicha actividad, no es un principio abstracto que se quede en el papel, ni mucho menos es un principio que sea único en las prácticas reales. Se ha trabajando últimamente, por ejemplo, en la Comisión Europa junto con instituciones de investigación y universidades europeas en trasladar este principio como base rector legales y constituvos como lo es el Principio de Precaución.

 

El principio de precaución, establecido por Hans Jonas, hoy día es utilizado en la Comunidad Europea para regular las actividades permitidas en actividades que conlleven un alto riesgo. El Principio establece que toda actividad, cuyos resultados sean riesgosos o cuyas consecuencias no sean posible de ser previsibles, no deberá tener lugar. En otras palabras, si de la acción no se sabe concretamente qué ocasionará, esta no puede llevarse a cabo en relación con agentes europeos, o por lo menos en el continente.

 

El Principio de Responsabilidad regula las actividades de todos los sectores, desde el energético, el de salud y el alimentario. Por eso, antes de salir, por ejemplo, un producto médico al mercado debe pasar el filtro del Principio de Precaución establecido por la Comisión Europea. Si los resultados son más arriesgados del beneficio que pueden traer, o en cuyo defecto, no es posible de determinar las consecuencias de manera cierta, sean estas negativas o positivas, el principio rige que el producto no obtendrá el permiso para salir al mercado.

 

El Principio es relevante para esta discusión debido a que es la única implantación en el ámbito internacional político de un principio predominante que rige las acciones de las esferas privada y pública. Lo trascendente en esta discusión es que en la existencia de cualquier riesgo no contabilizado, el Estado (en este caso, el organismo gubernamental) determina su prohibición para erradicar cualquier posibilidades, sea ésta mínima, de riesgo.

 

El Principio de Precaución es una medida preventiva superior a otros principios como el del libre comercio, pero que va más allá dado que aquí ni siquiera se llega a concebir que el riesgo sea real o no.

 

Escrito por Roberto Carvallo Escobar

 

Tw. @rob_carvallo

 

Director de Terraética y orgulloso creador de Resiliente Magazine